El Congreso de la Unión, ha dejado muy en claro las atribuciones que cada una de las dependencias electorales tienen a su cargo, para el manejo y protocolo para evitar la violencia política en razón de género.
Redacción/Bitácorabcs
La Paz, Baja California Sur., 16 de febrero (2021).- En referencia a la sentencia que emitió el día de ayer el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, en torno a la comprobación de violencia política en razón de género, contra laalcaldesa de Los Cabos, Jesús Armida Castro Guzmán, por parte del presidente de MORENA en la entidad, Alberto Rentería Santana, la consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral, Rebeca Barrera Amador, destacó que es obligación del Organismo Público Local Electoral, el dar trámite a los Procesos Especiales Sancionadores.
Además, explicó que el Congreso de la Unión, ha dejado muy en claro las atribuciones que cada una de las dependencias electorales tienen a su cargo, para el manejo y protocolo para evitar la violencia política en razón de género. “Ya tendrán la posibilidad los actores en su momento, que sean señalados como posibles victimarios o agresores, para presentar en las instancias y hacer valer los derechos que consideren”, sentenció.
Rebeca Barrera, refirió en el tema de quienes quedan inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionada en materia de Violencia Política en Razón de Género: “es una de las sanciones que se incorporaron en la norma Había algunas consideraciones en el que sí es un delito electoral, no podría participar en lo que es el proceso electoral, por restricciones pues en la norma, y algunas interpretaciones que son por sentencias de los Tribunales Electorales; entonces son dos camino, uno es el ámbito jurisdireccional el emanado de Tribunales Electorales, y el otro camino es el delito electoral, que está establecido por la Fiscalía de Delitos Electorales”.
La Titular del IEEBCS, comentó que la autoridad, deberá verificar ese listado para que quienes pretenden contender por algún cargo de elección popular, “en su momento, pues determinar lo correspondiente”.