Después de varias horas de análisis y discusión se lograron los acuerdos para las #Elecciones2021.
Redacción/Bitácorabcs
La Paz, Baja California Sur., 12 de octubre (2020).- Aprueba Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS), en lo general por unanimidad el Reglamento para el Registro de Candidatas y Candidatos a Cargos de Elección Popular 2020-2021; en lo particular, con 4 votos a favor y 3 en contra, fue aprobada una modificación de último momento, como medida afirmativa, sobre la inclusión de grupos vulnerables, en específico, indígenas, personas con discapacidad y adultos jóvenes, menores de 29 años.
Al respecto, la presidenta consejera del Organismo Público Local Electoral (OPLE), Rebeca Barrea Amador, precisó que, los trabajos para poder elaborar este documento, iniciaron desde el pasado mes de marzo. “Determinamos concretar estas medidas afirmativas, como de manera obligatoria para estos tres, más no limitativas para el resto de los grupos”, dijo al referirse a los grupos en situación de desventaja. Puntualizó, que estas medidas no deberán contra ponerse en ningún momento al tema de paridad.
En este contexto fue aprobado el Reglamento de Elecciones 2020-2021, obligando a los partidos a postular en una de las 16 diputaciones a una persona, ya sea de descendencia indígena, un adulto joven menor de 29 años o bien una persona con discapacidad. Asimismo, deberán las fuerzas políticas, postular en cualquier posición de las planillas de dos de los cinco ayuntamientos del estado, una persona de descendencia indígena y en el otro una persona con disparidad. En los tres municipios restantes, será, a elección del partido político una persona perteneciente a cualquiera de los tres grupos vulnerables a los que se les aplica la medida afirmativa.
Lo anterior, quedó estipulado en los artículos vigésimo, vigésimo primero, vigésimo segundo.
Por su parte el consejero, César Adonaí Taylor Maldonado, señaló que en el caso de las 16 diputaciones por moría relativa que hay en BCS, “a través del transitorio décimo noveno, se aprobó que los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, postularán de forma obligatoria en uno de esos distritos a una fórmula de personas con discapacidad, o jóvenes o personas que se autoadscriban indígenas o afromexicanas”.